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La declaración de herederos es el proceso en el que se determina quiénes son llamados a herederar los bienes de una persona fallecida. Este procedimiento se sigue cuando el difunto no ha dejado testamento o este no tiene validez.

¿Qué es una declaración de herederos?

La declaración de herederos se realiza con el objetivo de determinar las personas que tienen derecho a heredar tras el fallecimiento de otra.

A diferencia del reparto de bienes, en este procedimiento únicamente se designa a los herederos. No se decide que bienes, derechos y obligaciones le corresponden a cada heredero.

La declaración de herederos se realizará siguiendo la voluntad del fallecido. Si el fallecido no ha dejado testamento o cuando es inválido, la declaración de herederos se realizará aplicando la normativa legal.

¿Cómo hacer la declaración de herederos?

La declaración de herederos se debe realizar ante notario. Cualquier persona con interés legítimo puede acudir al notario para iniciar el proceso.

La documentación que se debe presentar es la siguiente:

  • DNI del fallecido
  • Certificado de defunción
  • Libro de familia
  • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad
  • 2 testigos que conozcan a la familia pero que no sean familiares

El notario elegido también debe encontrarse en uno de los siguientes lugares para poder realizar la declaración de herederos:

  • Lugar donde ha fallecido el causante
  • Residencia habitual o último domicilio del fallecido
  • Lugar en el que se encuentre la mayor parte de su patrimonio
  • Notario ubicado en el domicilio de la persona que comienza el proceso

El notario redactará un acta notarial en la que se incluirá el nombre y la dirección de todas las personas que se considere que tienen derecho a heredar. Posteriormente, se presentará una prueba documental o testifical (DNI del fallecido, certificado de nacimiento, certificado de últimas voluntades...) en la que se incluyan los hechos por los que se solicita la inclusión en la declaración de herederos.

Tras comprobar la validez de las pruebas presentadas y localizar a todos los interesados en la herencia, el notario indicará a los parientes y al resto de interesados en la herencia su derecho a heredar.

Si ninguno de los herederos designados se presenta al reparto en los dos meses posteriores al anuncio, se iniciará el procedimiento para declarar al Estado como heredero de los bienes y derechos del fallecido.

Declaración de herederos judicial: Herederos forzosos o legales

La figura del heredero forzoso es importante en el proceso de la declaración de herederos, ya que la distinción entre heredero forzoso y el resto modifica el procedimiento a seguir.

Los herederos forzosos o legales son aquellos designados como herederos por la ley tras la muerte del causante. El orden de prioridad es: los descendientes, los ascendientes y el cónyuge viudo.

Los herederos legales tendrán que acudir al notario para ser declarados herederos ab intestato en el acta notarial que se redactará. El resto de herederos, es decir, los parientes hasta cuarto grado en línea colateral, tendrán que ser declarados como herederos abintestato mediante decisión judicial, tras justificar su grado de parentesco con el fallecido.

La declaración de herederos judicial o abintestato la elabora el notario mediante un acta de notoriedad y se trata de un trámite previo a la adjudicación de la herencia. Es importante tener en cuenta que cualquier persona con un interés legítimo en la herencia puede iniciar la declaración abintestato de herederos.

En primer lugar, el notario designado para realizar la declaración de herederos tendrá que elaborar el requerimiento inicial en el que se incluirán los datos identificativos de todas las personas que considere que deben ser llamadas a la herencia, incluyendo los documentos necesarios para acreditar el parentesco de las personas designadas con el fallecido.

¿Hay que hacer declaración de herederos si existe testamento?

Si hay testamento, no es necesario hacer una declaración de herederos, puesto que en el testamento ya se ha determinado quienes serán los herederos. Así pues, no es necesario realizar una declaración adicional. El testamento establece la forma en que se va a llevar a cabo el reparto de bienes y los herederos que van a recibir dichos bienes, de forma que ya se está realizando una declaración de herederos al elaborar el testamento.

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