El llamamiento a la herencia del concebido no nacido es una situación que los abogados de herencias nos encontramos con frecuencia. Esto se da cuando un hijo que todavía no ha nacido se convierte en heredero, por motivos legales o por haber sido nombrado en testamento.
Se trata de un acto favorable para el nasciturus, es decir, el feto del futuro bebé. A pesar de que no se adquiere personalidad y capacidad jurídica hasta el nacimiento, el concebido se entiende por nacido para todos los efectos que le sean favorables. Así pues, en el caso del concebido no nacido se le aplicará la misma situación que al ya nacido puesto que le es favorable.
Será necesario esperar hasta su nacimiento para certificar que el nasciturus nace con vida y, por tanto, adquiera la capacidad jurídica que exige el Código Civil para heredar. Hasta que se produce el nacimiento, el proceso sucesorio queda suspendido.
El papel que juega el concebido no nacido en la herencia es clave, ya que el reparto de la herencia y la porción que le toca a cada heredero será diferente puesto que una persona más participará en el reparto.
Un ejemplo de la importancia del concebido no nacido lo encontramos en el caso en que fallezca uno de los progenitores. En este ejemplo, el nasciturus se convertiría en el único heredero si éste nace con vida. En el caso de no llegar a nacer, los herederos pasarían a ser los progenitores del fallecido.
¿Qué ocurre si aún no ha sido concebido?
Las técnicas de reproducción asistida han dado lugar a un nuevo supuesto en relación con el reparto de la herencia. La concepción del bebé podría llegar a producirse tras el fallecimiento del padre. En los casos en que el padre haya dado permiso para que se utilice su material reproductor, el bebé adquirirá la condición de heredero tras su nacimiento.
La situación del concebido no nacido da lugar a otra figura jurídica: el fideicomiso. El testador determina en el testamento a un fideicomisario que se hará cargo de la herencia o de parte de ella durante un caso o tiempo determinado, hasta transmitirla a la persona designada o invertirla de la forma indicada en el testamento.
En Heredaria contamos con un equipo de abogados especialistas en herencias y sucesiones que le pueden resolver cualquier duda relacionada con el papel del concebido no nacido en el reparto de la herencia.